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Solicitud de Servicio Aduanero Extraordinario en Aduanas y Delegaciones de Aduanas de la República.

Fecha de Publicación: 20 de junio de 2025.

Objetivo:

Establecer los lineamientos para los usuarios externos, que soliciten servicio fuera de los horarios y turnos ordinarios establecidos en las Aduanas y Delegaciones de Aduanas de la República.

Fundamento Legal:

Del origen del trámite / modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 34.

  2. Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), artículos 6 y 8.

  3. Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), artículos 235, 499 y 639.

  4. Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 64 numeral 2.

  5. Código de Trabajo, artículo 161.

  6. Ley de Servicios Internacionales, artículo 15.

  7. Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, artículo 30.

  8. Acuerdo 948 del 31 de mayo de 2013, emitido por el Órgano Ejecutivo del Ramo de Hacienda, publicado en el Diario Oficial No. 102, Tomo No. 399, de fecha 5 de junio de 2013.

Medios de presentación del trámite o servicio:

Presencial – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 64 numeral 2.

Tercero autorizado:

  1. SI – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 90; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 67.

  2. Tipo de Documento a presentar:  Solicitud de Servicio Extraordinario. – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), artículo 8.

Periodicidad del trámite/modalidad:

A demanda: – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 235, 499 y 639; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 64 numeral 2.

Vigencia del trámite/modalidad:

No, tiene vigencia – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 235 y 639.

Requisitos:

  1. Usuario presenta solicitud a la Administración de Aduana donde se prestara el servicio, al menos con una hora de anticipación a la finalización de la jornada laboral; de lunes a sábado, domingo, días feriados, asueto; deberá solicitarse desde el día hábil anterior, a excepción de la Aduana Aérea Terminal de Carga-Pasajeros, y Marítima de Acajutla, que puede solicitarse en esos mismos días, de conformidad al formato publicado por la Dirección General de Aduanas. – Base legal: Código de Trabajo, artículo 89.

  2. Usuario presenta al Administrador de Aduanas, comprobante de pago del Servicio Extraordinario. – Base legal: Acuerdo 948, del 31 de mayo de 2013.

  3. Proporcionar al empleado de Aduanas, transporte hasta el lugar de residencia una vez prestado el servicio en caso de ser necesario y alimentación para los funcionarios que lo brinden. – Base legal: Acuerdo 948, del 31 de mayo de 2013, artículo 3.

Formulario(s):

Solicitud de Servicio Aduanero Extraordinario. – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 71 literal 2.

Emisor:

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa Responsable:

Sub-Dirección de Operación de Seguridad Fronteriza

Persona Responsable:

Licenciado Walter Esteban Hernández.

Teléfono Directo:

2244–5041

Correo Electrónico:

Por cualquier consulta escribanos al correo [email protected] – Departamento de Atención al Usuario.

Fax:

2244-5168

Ubicación:

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, Distrito de Ilopango, San Salvador Este, El Salvador.

Tiempo de Respuesta:

1 hora máximo – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 82.

Horario de Atención:

  • De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 md. en Delegaciones de Aduanas de Zonas Francas.

  • De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 md. en Aduanas Terrestre San Bartolo, Depósitos de Aduanas y Almacenes Generales de Depósito.

  • De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 md. en Aduana Marítima Acajutla, de domingo a domingo de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. (Horario de Exportaciones).

  • De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 md. en Aduana Terrestre Santa Ana, de domingo a domingo 6:00 a.m. a 10:00 p.m. (Horario de Exportaciones).

  • De domingo a domingo de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. en Aduana Aérea Terminal de Pasajeros.

  • De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 md. en Aduana Aérea Terminal de Carga, de domingo a domingo de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. (Horario de Exportaciones).

Costo por Servicio:

Gratuito.

Publicado el 20-06-2025.