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Renovación o prórroga de fianza de Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres y Beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales (LSI).
Fecha de Publicación: 15 de noviembre de 2024
Objetivo:
Informar al usuario el procedimiento a seguir, para solicitar renovación o prórroga de Fianza de los Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres y beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales (LSI).
Fundamento Legal:
Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:
- Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g”, 52, 53 y 56.
- Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 62, 112, 118 y 131 literal “a”.
- Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 12.
Medios de presentación del trámite o servicio
Presencial o en línea – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 66; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 18, 19, 71 y 73.
Tercero autorizado
- Si – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.
- Tipo de Documento a presentar: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base Legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 69.
Periodicidad del trámite/modalidad
Al vencimiento – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g” y 56; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.
Vigencia del trámite/modalidad
Sí tiene vigencia – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g” y 56; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 13.
Requisitos:
Fianza original – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g”, 52, 53 y 56; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.
Formulario(s):
- En línea: Formulario de Renovación o Prórroga de Fianza de los Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres o Beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales link https://zfrmz.com/fIpfIhfiIQiPxBTFjP3e – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g” y 52; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 112, 118 y 131 literal “a”; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 6 y 73.
- Presencial: Formulario de Renovación o Prórroga de Fianza de los Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres o Beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales – SDJ-ULE-413-005 – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 21 literal “g” y 52; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 112, 118 y 131 literal “a”; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 6.
Nota 1:
Modelo de Fianza de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros Entes – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 6 último inciso.
Nota 2:
Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link
Nota 3:
Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link
Procedimiento General:
- El usuario autorizado ya sea persona natural y/o jurídica, interesada en renovar o prorrogar su fianza de operaciones, podrá solicitarlo conforme a las opciones siguientes:
– En línea:
- Deberá llenar el Formulario de Renovación o Prórroga de Fianza de los Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres o Beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales en el link: https://zfrmz.com/fIpfIhfiIQiPxBTFjP3e; al completarlo deberá dar un clic en el botón “enviar” y automáticamente se remitirá la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de caso mediante requerimiento.
- Recibirá correo de notificación de la creación del requerimiento del caso y el Formulario de Renovación que deberá ser presentado.
- Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:
a) Respondiendo al correo en el que recibió la notificación.
b) Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link: https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema, y adjunta la documentación. Y si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.
- Además, deberá presentar en ventanilla de la Unidad de Correspondencia y Notificación de la Dirección General de Aduanas tres (3) juegos del Formulario de renovación debidamente firmados y sellados, junto al original de la Fianza.
– Presencial:
El Usuario presenta en ventanilla de la Unidad de Correspondencia y Notificación de la Dirección General de Aduanas, tres (3) juegos del Formulario de Renovación o Prórroga de Fianza de los Depositarios Aduaneros, Tiendas Libres o Beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales SDJ-ULE-413-005, completamente llenos a máquina, computadora o debidamente legible (sin tachaduras o enmendaduras), debidamente firmados y sellados por el interesado junto a la documentación requerida, más la fianza original correspondiente, previo a generar el número de requerimiento en el Sistema de Correspondencia.
Procedimiento:
Recibida la solicitud, por cualquiera de los medios antes mencionados, se procede según detalle:
- El Técnico de la Unidad de Correspondencia y Notificación, verifica que la documentación este completa conforme a los requisitos publicados en el portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de caso si es solicitud en línea o asigna el número de requerimiento si es presencial y procede a trasladar la documentación junto a la Fianza original a la Subdirección Jurídica, para la asignación de respuesta.
- El Técnico de la Unidad de Leyes Especiales revisa el cumplimiento de los requisitos, examina que la fianza este redactada de acuerdo al modelo establecido; asimismo, que el Auxiliar se encuentre solvente con el Fisco; de estar todo conforme ingresa la información en los Sistemas Informáticos correspondientes.
- Se procede a notificar de forma electrónica al interesado y a la Dirección General de Tesorería. Si el usuario lo considera necesario puede solicitar el documento de forma física en la Unidad de Correspondencia y Notificación.
Notas:
– Para el caso que el Sistema Informático correspondiente, no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se le informará al usuario y éste podrá presentar físicamente el documento que lo ampare.
– Si la documentación esta incorrecta/incompleta o la Fianza no está conforme al modelo respectivo, se procederá a devolverla, por medio de Auto, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.
– Las garantías deberán ser renovadas anualmente y presentarse dentro de los quince (15) días antes de su vencimiento. En el caso que la Fianza sea presentada de manera extemporánea, se procederá a iniciar el Procedimiento Administrativo Sancionador conforme a la Leyes Aduaneras.
Emisor:
Dirección General de Aduanas.
Unidad Organizativa Responsable:
Subdirección Jurídica – Unidad de Leyes Especiales
Persona Responsable:
Lcdo. Raúl Antonio Medrano Ruiz
Teléfono Directo:
2244 – 5182 / 2244- 5183
Correo Electrónico:
Por cualquier consulta escribanos al correo usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.
Fax:
N/A
Ubicación:
Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.
Tiempo de Respuesta:
5 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.
Horario de Atención:
De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por Servicio:
Gratuito