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Prórroga de Permanencia de Mercancías de Admisión Temporal para Beneficiarios de Ley de Servicios Internacionales (LSI).

Fecha de Publicación: 15 de noviembre de 2024

Objetivo:

Establecer los requisitos para otorgar prórrogas de permanencia de mercancías en admisión temporal a beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales.

Fundamento Legal:

Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.

Medios de presentación del trámite o servicio

Presencial o en Línea – Base legal; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 73

Tercero Autorizado

  1. SiBase legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 67 y 69
  2. Tipo de Documento a presentar:
    • Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.

Periodicidad del trámite/modalidad

Al Vencimiento – Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.

Vigencia del trámite/modalidad

Si, tiene vigencia – Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.

Requisitos:

  1. Documento Único de Identidad (DUI) o Pasaporte y Número de Registro de Contribuyente del Representante Legal, razón o denominación social y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la Sociedad peticionaria. – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59.

  2. Presentar copia del documento que acredita la Personería de quien suscribe la petición – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59; Ley de Procedimientos Administrativos, articulo 5, 67 y 69.

  3. Presentar cuadro físico y electrónico, que contenga las mercancías de la cual está solicitando la prórroga de permanecía – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, articulo 6. Deberá contener:
    • No. de las Declaraciones de Mercancías;
    • Fecha de ingreso de las Mercancías;
    • Fecha de producción de las Mercancías;
    • Tipo de Mercancía;
    • Descripción de las Mercancías, 
    • Fecha de Caducidad de las Mercancías;
    • Fecha de vencimiento de permanencia de las mercancías.

Formulario(s):

Solicitud en Escrito Libre – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 58; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 71 y 73.

Deberá Contener:

  1. Solicitud dirigida a la Dirección General de Aduanas, con atención a la Unidad de Leyes Especiales, la cual deberá de contener: nombre, Documento Único de Identidad (DUI), y demás datos generales del representante legal; razón o denominación social y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la Sociedad peticionaria;  dirección o medios para recibir notificaciones (correo electrónico, teléfono fijo, celular, y fax); domicilio fiscal y dirección de sus oficinas o instalaciones principales, acreditando la personería con que actúa el peticionario.
  2. El escrito deberá manifestar si las mercancías objeto de la petición ya gozaron de prórroga de permanencia y en caso de ser mercancías perecederas la fecha de caducidad de las mismas.
  3. Solicitar con tres (3) meses de anticipación al vencimiento de la Declaración de Mercancía la solicitud de prórroga.

Procedimiento General:

  1. El interesado presenta en ventanilla de la Unidad de Correspondencia y Notificaciones de la Dirección General de Aduanas, la solicitud de prórroga de permanencia de las mercancías, debidamente firmada por el interesado y la documentación requerida,

  2. El Técnico, verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados, valida número de petición, coloca fecha de recibido y procede a trasladar el expediente a la Unidad de Leyes Especiales, para la emisión de respuesta.

  3. Una vez sea emitida la resolución correspondiente se notificará al interesado mediante correo electrónico o se enviará respuesta a la Unidad de Correspondencia y Notificaciones, para que notifique al interesado.

Emisor:

Dirección General de Aduanas

Unidad organizativa responsable:

Subdirección Jurídica / Unidad de Leyes Especiales.

Persona responsable:

Lic. Raúl Antonio Medrano Ruiz

Teléfono Directo:

2244-5182

Correo electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario

Fax:

N/A

Ubicación:

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de respuesta:

8 días hábilesBase legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82, 86 y 90.

Horario de atención:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por servicio:

Gratuito

Publicado el 15-11-2024.