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Autorización o Desautorización de Gestor de Encomiendas, Persona Natural y/o Jurídica.

Fecha de publicación: 09 de abril 2024

Objetivo: 

Informar al usuario sobre los requisitos necesarios para Autorización y Desautorización de Gestores de Encomiendas, personas Naturales y Jurídicas, que ingresen por cualquier vía al país.

Fundamento Legal:   

Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.
  2. Decreto Legislativo número 172, de fecha 02 de diciembre de 2003, que contiene Reformas al Decreto Legislativo número 647, de fecha 6 de diciembre de 1990, publicado en el Diario Oficial Número 286, Tomo 309 del 20 del mismo mes y año, por medio del cual se establecieron en el artículo 5 Reglas de Aplicación e Interpretación del Arancel Centroamericano de Importación, Publicado en el Diario Oficial Número 239, Tomo 361, de fecha 22 de diciembre de 2003.
  3. Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 12.

Medios de presentación del trámite o servicio

En Línea (Autorización o Desautorización) – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 66; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 18, 19, 67, 69, 71 y 73.

Tercero autorizado

  1. Si – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5 y 67.

  2. Documento a presentar: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base Legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 69.

Periodicidad del trámite/modalidad

A demanda – Autorización y Desautorización – Base legal:  Decreto Legislativo número 172, de fecha 02 de diciembre de 2003; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 64 literal 2.

Vigencia del trámite/modalidad

  1. No, tiene vigencia – Autorización
  2. Si, tiene vigencia – Desautorización

    Base Legal – Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 13.

    Nota:
    La vigencia termina cuando el Auxiliar informa al Servicio Aduanero sobre el Cese de sus operaciones, por lo que está en la obligación de solicitar la Desautorización; de igual forma al incurrir en las causales mencionadas en los artículos 29 y 30 de la LEPSIA.

Requisitos:   

A. AUTORIZACION

  1. Persona Natural:
    • Fotocopia legible del Documento Único de Identidad (DUI) vigente, Pasaporte con VISA y Tarjeta de residente cuando proceda vigentes, Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “b”.

    • Constancia de antecedentes penales, emitida por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Dirección General de Centros Penales, la cual deberá estar vigente. – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

    • Constancia de Antecedentes Policiales, emitida por la Unidad de Registro y Antecedentes Policiales de la Policía Nacional Civil, la cual deberá estar vigente. – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

    • Presentar original y fotocopia de Fianza de operación, equivalente a veintiséis salarios mínimos para la industria (vigente a la fecha de la presentación), la cual debe estar redactada según formato o modelo establecido, que se encuentra publicado en el Portal Web de Aduanas – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.

    • Fotocopia de Matrícula de Comercio la cual deberá estar vigente ó en el caso que su activo sea inferior a DOCE 00/100 MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$12,000.00), deberá presentar Balance Inicial firmado por un profesional de la materia,– Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “b”.

    • Fotocopia de tarjeta del Número de Registro de Contribuyente (NRC) – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “e”.

  2. Persona Jurídica:
    • Fotocopia legible del Documento Único de Identidad (DUI) y Pasaporte con VISA vigentes, del Representante Legal y de las personas a adscribir. Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “b”.

    • Constancia de Antecedentes Penales vigente, emitida por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Dirección General de Centros Penales, del Representante Legal de la Sociedad y de las personas adscritas a la Sociedad – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

    • Constancia de Antecedentes Policiales vigente, emitida por la Unidad de Registro y Antecedentes Policiales de la Policía Nacional Civil, del Representante Legal de la Sociedad y de las personas adscritas a la referida Sociedad. – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

    • Personas Jurídicas deben presentar Fianza por un monto de 52 salarios mínimos para la industria, (vigente a la fecha de presentación), la cual debe estar redactada según formato o modelo establecido por la DGA, que se encuentra publicado en el Portal Web de Aduanas. Este monto les permitirá adscribir una (1) persona, además del Representante Legal – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.

      Nota:
      Si la Sociedad requiere adscribir más personas podrá hasta un máximo de tres (3), deberá presentar por cada uno Fianza equivalente a veintiséis salarios mínimos para la industria, (vigente a la fecha de presentación). (Ver requisito de Fianza para Gestor de Encomiendas Persona Natural). Es decir, el número total de personas adscritas como máximo será de cinco (5) miembros – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.

    • Fotocopia de Matrícula de Comercio la cual deberá estar vigente ó en el caso que su activo sea inferior a DOCE 00/100 MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$12,000.00), deberá presentar Balance Inicial firmado por un profesional de la materia,– Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “b”.

    • Fotocopia de Tarjeta del Número de Registro de Contribuyente (NRC) de la Sociedad (cuando aplique). – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “e”.

    • Fotocopia de Escritura Pública – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “a”.

    • Fotocopia de la Credencial del Representante Legal (cuando aplique) – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “m”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “c”.

B.       DESAUTORIZACION

  • Presentar el Carné original del Gestor de Encomiendas de la Persona Natural o del Adscrito y/o del Representante Legal, para el caso de la Persona Jurídica – Base Legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 75.

Formulario(s):

Formulario de Autorización y/o Desautorización de Gestor de Encomiendas, Persona Natural y Jurídica en el siguiente link – https://zfrmz.com/CZ75dXDSvQMtTZ3ktlJUBase legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 6.

Nota 1:
Modelo de Fianza de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros EntesBase legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 6.


Nota 2:
Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link


Nota 3:
Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link

 Procedimiento General:

A.       AUTORIZACIÓN

  1. El usuario persona natural y/o jurídica, que requiera ser Autorizado como Gestor de Encomiendas, podrá solicitarlo conforme a la opción siguiente:

    • Deberá llenar el Formulario de Autorización y/o Desautorización de Gestor de Encomiendas Persona Natural y Jurídica, en el siguiente link –   https://zfrmz.com/CZ75dXDSvQMtTZ3ktlJU ; al completarlo deberá hacer clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de caso mediante requerimiento.

    • Recibirá correo de notificación de la creación del requerimiento.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema, y adjunta la documentación.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.

    • El interesado deberá presentar original y fotocopia de la Fianza en ventanilla del Departamento de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas, haciendo referencia al número de requerimiento que le ha sido otorgado.

  2. El Técnico del Departamento de Atención al Usuario, verifica que el Formulario este completo en la mesa de servicio conforme a los requisitos publicados en el portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de requerimiento y procede a trasladar la Fianza original y fotocopia a la Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

  3. El Técnico de UAFPA, revisa, verifica el cumplimiento de los requisitos y que la Fianza este redactada de acuerdo al modelo establecido, asimismo, que el solicitante se encuentre solvente con el Fisco.

  4. Sí cumple con todo lo requerido, autoriza el Formulario y emite ficha de carné, que le acredita como Gestor de Encomiendas, además registra la autorización en la base de datos del Sistema Integrado de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera (SIAFPA).

  5. El Técnico de UAFPA, remite al Departamento de Atención al Usuario, los documentos para su debida notificación.

  6. La ficha para la emisión de carné de Autorización de Gestor de Encomiendas, será entregada en el Departamento de Atención al Usuario por lo que, el interesado tendrá que avocarse.

  7. Con la ficha de emisión de carné, el interesado se presenta en el lugar que le señale la Dirección General de Aduanas, a fin de que elabore el carné que le acredite como Gestor de Encomiendas, debiendo cancelar únicamente el valor del carné respectivo

  8. El carné será entregado por el Departamento de Atención al Usuario de esta Dirección General, para lo cual es necesario la comparecencia de la persona autorizada como Gestor de Encomiendas y si es persona jurídica el Representante Legal de la Sociedad, según sea el caso.

    Nota:

    Las garantías deberán ser renovadas anualmente y presentarse dentro de los quince días (15) antes de su vencimiento, razón por la cual el tiempo de respuesta para el trámite solicitado se prolongará como consecuencia de no presentarla en el periodo previo al vencimiento de la misma; así como también, si la fianza es presentada de manera extemporánea, se procederá a iniciar el Proceso Administrativo Sancionador con forme a las leyes aduaneras vigentes.

B. Desautorización

  1. El usuario autorizado como persona natural y/o jurídica, que desee Desautorizarse como Gestor de Encomiendas, podrá solicitarlo conforme a la opción siguiente:

    • Deberá llenar el Formulario de Autorización y/o Desautorización de Gestor de Encomiendas Persona Natural y Jurídica, en el siguiente link –https://zfrmz.com/CZ75dXDSvQMtTZ3ktlJU ; al completarlo deberá hacer clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de caso mediante requerimiento.

    • Recibirá correo de notificación de la creación del requerimiento.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema, y adjunta la documentación.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.

  2. El Gestor de Encomienda deberá presentar el Carné original, en caso de no presentarlo, deberá explicar el motivo a través de una Declaración Jurada debidamente notariada, mediante la cual se responsabilizará por el uso indebido del carné y exonerará a la DGA de cualquier responsabilidad y/o denuncia de robo o extravió ante la Policía Nacional Civil.

  3. Se realiza la consulta respectiva en los sistemas informáticos de aduanas, a efecto, de Verificar que no existan Declaraciones de Mercancías de Importación y Exportación pendientes de liquidar, así como procesos de Fiscalización pendientes; de estar todo conforme, se aprueba la solicitud, y se registra la desautorización, en la base de datos del Sistema Integrado de Auxiliares de la Función Pública (SIAFPA), y se agrega al expediente respectivo.

  4. El Técnico de UAFPA, remite al Departamento de Atención al Usuario, los documentos para su debida notificación.


    Notas:
    Autorización y Desautorización


    • Para el caso que el sistema informático correspondiente, no refleje el estado tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente o en línea el documento de respaldo.

    • El Técnico de UAFPA, revisará el cumplimiento de los requisitos; de estar todo conforme, finaliza el proceso, caso contrario, emitirá Formulario de Prevención, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.

Emisor:

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa responsable: 

Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

Persona Responsable:

Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez

Teléfono Directo:

2244-5182 / 2244-5183

Correo Electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.

Fax:

N/A

Ubicación:

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de Respuesta:

8 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.

Horario de Atención:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio:

Gratuito

Publicado el 09-04-2024.