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Registro nacional de exportadores empresas exportadoras de desperdicios y desechos de fundición de productos ferrosos y no ferrosos

Fecha de publicación:  25 de julio de 2019

Objetivo:

Informar al interesado de los requisitos necesarios y el proceso a seguir, para registrar a las personas (naturales y jurídicas), que exportan desperdicios y desechos de fundición de productos ferrosos y no ferrosos.

Base Legal:

  • Artículos 5, 8, 18 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
  • Artículos 12, 13, 56, 58, 59 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA)
  • Decreto Legislativo No. 456, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo No. 377, de fecha 17 de diciembre de 2007 y sus Reformas.
  • DACG 003-2008 «Emitiendo Disposiciones Administrativas relativas a restricción de las exportaciones de Desperdicios y Desechos Ferrosos y no Ferrosos».
  • Artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Requisitos:

  1. Copia ampliada a 150% de DUI del interesado, si lo solicita por primera vez.
  2. Matrícula de empresa vigente
  3. Completar Formulario para el registro de empresas exportadoras de desperdicios y desechos ferrosos y no ferrosos (DVJ-GT-035)
  4. Adjuntar informe técnico del proceso industrial en el cual se detalle cómo se obtiene el desperdicio a exportar (si reexportará productos que estén clasificados en las partidas arancelarias 7204.10.00 Desperdicios y desechos de fundición, 7204.29.00 Los demás (desperdicios y desechos) y 7404.0000 Desperdicios y desechos de cobre).

Formulario(s):   

  • Formulario para el Registro de empresas exportadoras de desperdicios y desechos ferrosos y no ferrosos (DVJ-GT-035).

Procedimiento General:

  1. El interesado presenta en ventanilla del Área de Correspondencia de la Dirección General de Aduanas, el Formulario DVJ-GT-035, junto con todos los requisitos señalados, previo haber generado el número de petición en el Sistema de Correspondencia.
  2. El encargado del Área de Correspondencia verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en la página web del Ministerio de Hacienda, valida número de entrada, coloca fecha de recibido y procede a trasladar expediente a la División Jurídica, para la emisión de respuesta.
  3. La Sección Registro de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otros Entes, analiza el cumplimiento de los requisitos y verificará que se encuentre solvente con el Fisco; de estar todo conforme emite Resolución que a derecho corresponda.
     NOTA: Para el caso que el Sistema Informático correspondiente no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente el documento que lo ampare
  4. Se traslada Resolución al Área de Correspondencia, para que ellos notifiquen al interesado.

Emisor:    Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa responsable:    Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros entes.

Persona Responsable:   Lic. José Luis Hernández Maradiaga

Teléfono Directo:    2237-5182

Correo Electrónico:    usuario@aduana.gob.sv

Fax:    2237-5183

Ubicación:    Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de Respuesta:    10 días hábiles

Horario de Atención:    De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio:    Gratuito.

Publicado el 08-07-2021.