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Registro nacional de exportadores empresas exportadoras de desperdicios y desechos de fundición de productos ferrosos y no ferrosos
Fecha de publicación: 25 de julio de 2019
Objetivo:
Informar al interesado de los requisitos necesarios y el proceso a seguir, para registrar a las personas (naturales y jurídicas), que exportan desperdicios y desechos de fundición de productos ferrosos y no ferrosos.
Base Legal:
- Artículos 5, 8, 18 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
- Artículos 12, 13, 56, 58, 59 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA)
- Decreto Legislativo No. 456, publicado en el Diario Oficial No. 235, Tomo No. 377, de fecha 17 de diciembre de 2007 y sus Reformas.
- DACG 003-2008 «Emitiendo Disposiciones Administrativas relativas a restricción de las exportaciones de Desperdicios y Desechos Ferrosos y no Ferrosos».
- Artículo 12 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Requisitos:
- Copia ampliada a 150% de DUI del interesado, si lo solicita por primera vez.
- Matrícula de empresa vigente
- Completar Formulario para el registro de empresas exportadoras de desperdicios y desechos ferrosos y no ferrosos (DVJ-GT-035)
- Adjuntar informe técnico del proceso industrial en el cual se detalle cómo se obtiene el desperdicio a exportar (si reexportará productos que estén clasificados en las partidas arancelarias 7204.10.00 Desperdicios y desechos de fundición, 7204.29.00 Los demás (desperdicios y desechos) y 7404.0000 Desperdicios y desechos de cobre).
Formulario(s):
- Formulario para el Registro de empresas exportadoras de desperdicios y desechos ferrosos y no ferrosos (DVJ-GT-035).
Procedimiento General:
- El interesado presenta en ventanilla del Área de Correspondencia de la Dirección General de Aduanas, el Formulario DVJ-GT-035, junto con todos los requisitos señalados, previo haber generado el número de petición en el Sistema de Correspondencia.
- El encargado del Área de Correspondencia verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en la página web del Ministerio de Hacienda, valida número de entrada, coloca fecha de recibido y procede a trasladar expediente a la División Jurídica, para la emisión de respuesta.
- La Sección Registro de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otros Entes, analiza el cumplimiento de los requisitos y verificará que se encuentre solvente con el Fisco; de estar todo conforme emite Resolución que a derecho corresponda.
NOTA: Para el caso que el Sistema Informático correspondiente no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente el documento que lo ampare - Se traslada Resolución al Área de Correspondencia, para que ellos notifiquen al interesado.
Emisor: Dirección General de Aduanas.
Unidad Organizativa responsable: Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros entes.
Persona Responsable: Lic. José Luis Hernández Maradiaga
Teléfono Directo: 2237-5182
Correo Electrónico: usuario@aduana.gob.sv
Fax: 2237-5183
Ubicación: Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.
Tiempo de Respuesta: 10 días hábiles
Horario de Atención: De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por Servicio: Gratuito.