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Registro de Empresas Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga.

Fecha de publicación: 10 de abril de 2024.

Objetivo:

Informar el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las empresas que soliciten la autorización para el registro como Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga.

Fundamento Legal:

Del origen del trámite / modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de La Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.
  2. Ley de Simplificación Aduanera, artículo 2.
  3. Ley Orgánica de Aviación Civil, artículos 60 y 69.
  4. Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 65, 66 y 67.
  5. Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 24.
  6. Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 99 literal “a” y los artículos 413 y 415.

Medios de presentación del trámite o servicio:

Linea  – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 73.

Tercero autorizado

  1. Si – Base legal:  Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.

  2. Tipo de Documento a presentar: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.

Periodicidad del trámite/modalidad

Al Vencimiento – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 9;  Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 102.

Vigencia del trámite/modalidad

Si,  tiene vigencia – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 9;  Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 102.

Requisitos:

  1. Testimonio de Escritura Publica de Constitución de Sociedad, debidamente inscrita en el CNR. – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “a”.

  2. Credencial del Representante Legal, vigente y debidamente inscrita en el CNR – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “m”; y Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “c”.

  3. Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal de la Sociedad, vigente, Pasaporte ó Tarjeta de residente cuando proceda, vigentes – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos  65 y 66.

  4. Declaración Jurada, en la que el Representante Legal haga constar que no tiene vinculo legal con el Estado o sus Instituciones. – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “g”.

  5. Matricula de Comercio vigente – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 56 literales “a” y “e”, y 59 literal “b”; Código de Comercio, artículos del 411 al 420.

  6. Constancia Antecedentes Penales del Representante Legal vigente – Bases legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56, literal “a”.

  7. Constancia de Antecedentes Policiales (PNC) del Representante Legal vigente – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

  8. Permiso de operación emitido por la Autoridad de Aviación Civil – Base legal: Ley Orgánica de Aviación Civil, artículos 69 y 70.

Formulario(s):

Solicitud de Registro de Empresas Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga, en el siguiente link – https://zfrmz.com/6QNU0HTjnQp1jSlDdaCl;Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 71 literal 2; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 56 literales “a“ y “e”, y 58.

Notas:

Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link 

Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link

Procedimiento General:

  1. Para completar su solicitud, el interesado deberá realizar lo siguiente

    • Deberá llenar la Solicitud de Registro de Empresas Operadoras de Transporte Internacional Aéreo de Carga, en el siguiente link – https://zfrmz.com/6QNU0HTjnQp1jSlDdaCl; al completarlo deberá hacer clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de requerimiento.

    • Recibirá, correo de notificación de la creación del requerimiento.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema y, adjunta la documentación.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.


  2. El Técnico del Departamento de Atención al Usuario, verifica que el Formulario este completo en la mesa de servicio conforme a los requisitos publicados en el Portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de requerimiento.


  3. El técnico de UAFPA, revisará el cumplimiento de los requisitos; de estar todo conforme, finaliza el proceso, caso contrario, emitirá Formulario de Prevención, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.


  4. Para el caso que el sistema informático correspondiente, no refleje el estado tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente o en línea el documento de respaldo.


  5. El técnico de UAFPA, remite al Departamento de Atención al Usuario, los documentos para su debida notificación

Emisor: 

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa Responsable: 

Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

Persona Responsable: 

Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez

Teléfono Directo: 

2244–5182 / 2244-5183

Correo Electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.

Fax: 

N/A

Ubicación:  

Dirección General de Aduanas.

Tiempo de Respuesta: 

15 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.

Horario de Atención: 

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio: 

Gratuito.

Publicado el 10-04-2024.