Inicio > Servicios > Registro de Empresas Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga.
Registro de Empresas Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga.
Fecha de publicación: 15 de noviembre de 2024.
Objetivo:
Informar el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las empresas que soliciten la autorización para el registro como Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga.
Fundamento Legal:
Del origen del trámite / modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:
- Ley Orgánica de La Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.
- Ley de Simplificación Aduanera, artículo 2.
- Ley Orgánica de Aviación Civil, artículos 60 y 69.
- Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 65, 66 y 67.
- Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 24.
- Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 99 literal “a” y los artículos 413 y 415.
Medios de presentación del trámite o servicio:
Linea – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 73.
Tercero autorizado
- Si – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.
- Tipo de Documento a presentar: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5, 67 y 69.
Periodicidad del trámite/modalidad
Al Vencimiento – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 9; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 102.
Vigencia del trámite/modalidad
Si, tiene vigencia – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 9; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 102.
Requisitos:
- Testimonio de Escritura Publica de Constitución de Sociedad, debidamente inscrita en el CNR. – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “a”.
- Credencial del Representante Legal, vigente y debidamente inscrita en el CNR – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “m”; y Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “c”.
- Documento Único de Identidad (DUI) del Representante Legal de la Sociedad, vigente, Pasaporte ó Tarjeta de residente cuando proceda, vigentes – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 65 y 66.
- Declaración Jurada, en la que el Representante Legal haga constar que no tiene vinculo laboral con el Estado o sus Instituciones. – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “g”.
- Matricula de Comercio vigente – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 56 literales “a” y “e”, y 59 literal “b”; Código de Comercio, artículos del 411 al 420.
- Constancia Antecedentes Penales del Representante Legal vigente – Bases legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56, literal “a”.
- Constancia de Antecedentes Policiales (PNC) del Representante Legal vigente – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.
- Permiso de operación emitido por la Autoridad de Aviación Civil – Base legal: Ley Orgánica de Aviación Civil, artículos 69 y 70.
Formulario(s):
Solicitud de Registro de Empresas Operadoras de Transporte Aéreo Internacional de Carga, en el siguiente link – https://zfrmz.com/6QNU0HTjnQp1jSlDdaCl; – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 71 literal 2; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 56 literales “a“ y “e”, y 58.
Notas:
Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link
Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link
Procedimiento General:
- Para completar su solicitud, el interesado deberá realizar lo siguiente
- Deberá llenar la Solicitud de Registro de Empresas Operadoras de Transporte Internacional Aéreo de Carga, en el siguiente link – https://zfrmz.com/6QNU0HTjnQp1jSlDdaCl; al completarlo deberá hacer clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de requerimiento.
- Recibirá, correo de notificación de la creación del requerimiento.
- Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:
- Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.
- Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema y, adjunta la documentación.
- Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.
- El Técnico del Departamento de Atención al Usuario, verifica que el Formulario este completo en la mesa de servicio conforme a los requisitos publicados en el Portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de requerimiento.
- El técnico de UAFPA, revisará el cumplimiento de los requisitos; de estar todo conforme, finaliza el proceso, caso contrario, emitirá Formulario de Prevención, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.
- Para el caso que el sistema informático correspondiente, no refleje el estado tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente o en línea el documento de respaldo.
- El técnico de UAFPA, remite al Departamento de Atención al Usuario, los documentos para su debida notificación
Emisor:
Dirección General de Aduanas.
Unidad Organizativa Responsable:
Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.
Persona Responsable:
Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez
Teléfono Directo:
2237-5182/ WhatsApp 7073-8768
Correo Electrónico:
usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.
Fax:
N/A
Ubicación:
Dirección General de Aduanas.
Tiempo de Respuesta:
10 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.
Horario de Atención:
De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por Servicio:
Gratuito.