Fecha de Publicación: 23 de agosto de 2024.
Objetivo:
Informar al usuario sobre los requisitos y el proceso a seguir para gestionar la publicación de las listas de precios de venta, en la página Web del Ministerio de Hacienda, de productos del tabaco, bebidas alcohólicas y de bebidas gaseosas, isotónicas, fortificantes o energizantes, jugos, néctares, refrescos, otras bebidas no alcohólicas y preparaciones concentradas o en polvo para la elaboración de bebidas.
Fundamento Legal:
Del origen del trámite – Base legal: Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas, artículo 43-A párrafo 2; Ley de Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Isotónicas, Fortificantes o Energizantes, Jugos, Néctares, Refrescos y Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas, articulo 6, párrafo 2; Ley de impuesto sobre productos del tabaco, artículos 3, 4 y 9.
Medios de presentación del trámite o servicio
Presencial y en línea – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 11, 12, 13 y 15.
Tercero autorizado
No, – Base legal: Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas, artículo 43-A párrafo 2; Ley de Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Isotónicas, Fortificantes o Energizantes, Jugos, Néctares, Refrescos y Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas, articulo 6, párrafo 2; Ley de impuesto sobre productos del tabaco, artículos 3, 4 y 9.
Periodicidad del trámite/modalidad
A demanda – Base legal: Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas, artículo 43-A párrafo 2; Ley de Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Isotónicas, Fortificantes o Energizantes, Jugos, Néctares, Refrescos y Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas, articulo 6, párrafo 2; Ley de impuesto sobre productos del tabaco, artículos 3, 4 y 9.
Vigencia del trámite/modalidad
No, tiene vigencia – Base legal: Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas, artículo 43-A párrafo 2; Ley de Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Isotónicas, Fortificantes o Energizantes, Jugos, Néctares, Refrescos y Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas, articulo 6, párrafo 2; Ley de impuesto sobre productos del tabaco, artículos 3, 4 y 9.
Requisitos:
N/A
Formularios:
Listas de precios sugeridos de venta al público o consumidor final F-962V1
Base legal:
Ley de Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Isotónicas, Fortificantes o Energizantes, Jugos, Néctares, Refrescos y Preparaciones Concentradas o en Polvo para la Elaboración de Bebidas, articulo 6, párrafo 2; Ley de impuesto sobre productos del tabaco, artículos 3, 4 y 9; Ley Reguladora de la Producción y Comercialización del Alcohol y de las Bebidas Alcohólicas, artículo 43 párrafo A.
Procedimiento General:
Emisor:
Dirección General de Aduanas.
Unidad Organizativa responsable:
Departamento de Atención al Usuario
Persona responsable:
Licda. Imelda Alvarenga
Teléfono directo:
2244-5182
Correo electrónico:
usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario
servicios.dga@mh.gob.sv
Fax:
N/A
Ubicación:
Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.
Tiempo de respuesta:
1 día hábil – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.
Horario de atención:
De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por servicio:
Gratuito.
Haga click en el siguiente enlace para ir al servicio en linea.