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Autorización para importación temporal con reexportación en el mismo estado de Contenedores, Remolques y Semirremolques, que no cuenten con matrícula de un país del área Centroamericana o Panamá.

Fecha de autorización: 29 de febrero de 2024.

Objetivo:

Que se cumpla con la Normativa Aduanera y controlar el ingreso al país de Contenedores, Remolques y Semirremolques que no estén matriculados en un país del área Centroamericana o Panamá.

Fundamento Legal

Del origen del trámite / modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.
  2. Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 19 literal “c”, y artículos 60 y 97.
  3. Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 233, 423 y 424.

Medios de presentación del trámite o servicio

Linea – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 18, 19 y 73.

Tercero autorizado

No, – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 19 literal “c”, y artículos 60 y 97.

Periodicidad del trámite/modalidad

Al Vencimiento – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano artículos 62 y 105.

Vigencia del trámite/modalidad

Si tiene vigencia – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano artículo 62.

Requisitos:

Aplica para:
Transportistas y Agencias Navieras

Fianza Original – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62; Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, artículo 31 literal “b”

Formulario(s):

  1. Formulario de Solicitud para Operaciones de Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado de Contenedores, Remolques y Semiremolques que no cuenten con matrícula de un país del área Centroamericana o Panamá, en el siguiente link – https://zfrmz.com/irWGO1dhMnSkPKgi3jmtBase legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 58, 72 literal “a” y 102 literal “a”; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 71 numeral 2 y 3, 73 y 74; Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, artículos 37 literales “a, b y c”, 38 y 39.

    Nota 1:
    Modelo de Fianza Global para Operaciones de Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado de Contenedores, Remolques y Semiremolques que no cuenten con matrícula de un país del área Centroamericana o PanamáBase legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 6 último inciso.

    Nota 2:
    Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link:  https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link

    Nota 3:
    Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link

Procedimiento General:

  1. Para completar su solicitud, el interesado deberá realizar lo siguiente:

    • Deberá llenar el Formulario de Solicitud para Operaciones de Importación Temporal con Reexportación en el mismo Estado de Contenedores, Remolques y Semiremolques que no cuenten con matrícula de un país del área Centroamericana o Panamá, en el siguiente linkhttps://zfrmz.com/irWGO1dhMnSkPKgi3jmt; al completarlo deberá dar un clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de requerimiento.

    • Recibirá correo de notificación de la creación del requerimiento.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema, y adjunta la documentación.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.

    • El interesado deberá presentar original y fotocopia de la Fianza en ventanilla de la Unidad de Correspondencia y Notificación de la Dirección General de Aduanas, haciendo referencia al número de requerimiento que le ha sido otorgado.

  2. El Técnico de la Unidad de Correspondencia y Notificación, verifica que el Formulario este completo en la mesa de servicio conforme a los requisitos publicados en el Portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de requerimiento y procede a trasladar la Fianza original y fotocopia a la Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

  3. El Técnico de UAFPA, verifica que se encuentre solvente con el Fisco; asimismo, analiza el cumplimiento de los requisitos, de estar todo conforme se emite Resolución de autorización y traslada a firma de la Jefatura UAFPA

  4. El técnico de la UAFPA, remite a la Unidad de Correspondencia y Notificación, los documentos para su debida notificación.

  5. Una vez notificada la Resolución de Autorización, el interesado deberá solicitar el acceso al Sistema, mediante la Solicitud de Servicio Informáticos para Accesos a Usuarios Externos DAT- 643 – 001Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, articulo 6, párrafo último.

  6. El monto de garantía o Fianza, podrá ser incrementado al momento de solicitar la prórroga de autorización, si se hubiese incumplido el Régimen para el cual fue autorizado.

Notas:

  • Para el caso, que el Sistema Informático correspondiente, no refleje el estado tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá al usuario que presente el documento en original o presente la solvencia por correo electrónico.

  • Las garantías deberán ser renovadas anualmente y presentarse dentro de los quince días (15) antes de su vencimiento. En el caso que la Fianza fuera presentada de manera extemporánea, se procederá a iniciar el proceso administrativo sancionador conforme a las Leyes Aduaneras vigentes.

Emisor:

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa Responsable:

Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

Persona Responsable:

Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez

Teléfono Directo:

 2244–5182 / 2244-5183

Correo electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.

Fax:

N/A

Ubicación

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de Respuesta:

10 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.

Horario de Atención:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio:

Gratuito

Publicado el 01-03-2024.