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Importación Definitiva de Vehículos Usados Proveniente de Franquicia Diplomática

Objetivo:   

Brindar información sobre los requisitos y procedimiento para la importación definitiva de vehículos usados provenientes de Declaraciones de Mercancías de franquicias diplomáticas (IM8), para su legalización en el país.

Base Legal:   

  • Artículo 87 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA)
  • Ley del Impuesto Especial a la Primera Matrícula de Bienes en el Territorio Nacional, hacer clic aquí
  • Decreto No. 383 Normas para la Importación de Vehículos Automotores y otros Medios de Transporte, D. O. No. 125, Tomo No. 328 del 7 de julio de 1995.
  • DACG N° DGRA-005-2005 del 02 de junio de 2005 «Importación de Vehículos Usados»,
  • DACG N° DGA-008-2013 del 24 de septiembre de 2013, Estableciendo el procedimiento para el pago del impuesto especial de la primera matrícula a través de la Declaración de Mercancías.
  • DACG N° DGA-001-2015 Disposiciones Especiales Relativas al Registro de Importadores y Exportadores

Requisitos:   

  1. Contactar con el Auxiliar de la Función Pública Aduanera correspondiente, para realizar el trámite ante la aduana, lo que incluye la elaboración del ARIVU (cuando sea un automotor usado), la Declaración de Mercancías respectiva y demás requisitos exigibles. (clic aquí para consultar listado de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y sus niveles de riesgo).
  2. La persona interesada deberá presentar la documentación del vehículo, gestionada por el diplomático, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de adquisición del vehículo en el país, para no incurrir en multa:
    • Escritura Pública de Compra-Venta.
    • Autorización de Liberación de Franquicia emitida por la DGA, en original.
    • Copia de Tarjeta de Circulación del vehículo.
    • Copia de nota de entrega de placas (del diplomático al Ministerio de Relaciones Exteriores)
    • Copia de Declaración de Mercancías (IM8) con la que se importó inicialmente.
  3. La Boleta de Recepción de Vehículos o ingreso de vehículos de la aduana o delegación de aduana, debidamente firmada y sellada por el personal respectivo.

Formulario(s)   

  • Formulario de ARIVU.
  • Declaración de Mercancía para Vehículos Usados IM8, con los tributos cancelados (si aplica), incluido el impuesto especial a la primera matrícula.

Procedimiento General:

1. Obtiene la Boleta de Recepción de Vehículos, que, para el caso de la Aduana Terrestre San Bartolo, le es entregado en el predio de vehículos habilitado. En los demás depósitos (almacenadoras), en sus respectivas oficinas.

Previo a la presentación de la DM, el Agente Aduanero contratado, deberá registrar en el Sistema Informático el ARIVU respectivo.

  1. El usuario presenta en la ventanilla de la aduana o delegación de aduana, la Declaración de Mercancías para Vehículos Usados (incluyendo el impuesto pagado de la primera matrícula, si el vehículo fue importado por primera vez cuando ya estaba en vigencia la Ley, el cual deberá ser con base al valor del vehículo declarado en la IM8 o en la escritura pública, según corresponda) y anexos.
  2. El funcionario aduanero verifica y valida la información, finaliza el ARIVU y genera selectividad en el Sistema.
  3. Si el Sistema indica «Levante Automático» (selectividad verde), se procede al despacho inmediato del vehículo.
  4. Si el Sistema indica «Revisión Documental» (selectividad amarilla), el funcionario procede a verificar detalladamente la documentación presentada.
  5. En caso de «Verificación Inmediata» (selectividad roja) traslada documentación al funcionario aduanero asignado por el Sistema, para que realice la inspección física y documental.
  6. El funcionario efectúa la inspección física y documental del vehículo, en base a las características registradas en la Declaración de Mercancías; sí todo está conforme, líquida la Declaración de Mercancías en el Sistema y traslada a funcionario aduanero o encargado de pases de salida en Aduana Terrestre San Bartolo; si es una Almacenadora, entrega directamente al auxiliar del Agente Aduanero o despachante para que tramite la salida en la administración.
  7. El despacho del vehículo se realizará una vez concluidas las revisiones respectivas (física y/o documental, según corresponda) y verificado el cumplimiento de los requisitos pertinentes.

En Aduana Terrestre San Bartolo, para la salida del vehículo se procederá de la siguiente forma:

  1. El funcionario aduanero o encargado de pases de salida, registra la Declaración de Mercancías en el Sistema MODCOPA y entrega al interesado un ejemplar de la DM, evidenciando su recepción en el ejemplar que queda en poder de la Aduana.
  2. El usuario se presenta al predio de vehículos con la DM liquidada, con las firmas de los funcionarios correspondientes y la boleta de recepción del vehículo, para que el funcionario encargado del predio, registre los datos requeridos en el Sistema MODCOPA y autorice la salida del vehículo, evidenciándolo en la DM.
  3. Para la salida de la Aduana, el Controlador de Medios de Transporte, verifica físicamente que el vehículo a despachar, coincida con la información mostrada en la DM, registra los datos de la viñeta de selectividad en el Sistema MODCOPA e imprime viñeta para la salida del vehículo, pegándola en la DM original que se le entrega al usuario.

Emisor:    Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa responsable:    Subdirección de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Persona Responsable:    Subdirector de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Teléfono Directo:    2244-5041

Correo Electrónico:    usuario@aduana.gob.sv

Fax:    2237-5183

Ubicación: Aduana Terrestre San Bartolo, delegaciones de aduanas en Depósitos Temporales: TRANSAUTO, NEJAPA, AGDOSA Apopa, Clic aquí para ver ubicaciones.

Tiempo de Respuesta:

  • Verificación Inmediata (selectividad roja o revisión física): 24 horas hábiles siguientes en que las mercancías se encuentren a disposición del funcionario aduanero designado, salvo que la Autoridad Aduanera requiera un plazo mayor, de acuerdo a las características y naturaleza de las mercancías.
  • Revisión Documental (selectividad amarilla): 8 minutos en ventanilla.
  • Levante Automático (selectividad verde): 6 minutos en ventanilla.

Horario de Atención:    Clic aquí para ver horarios por tipo de Aduana

Costo por Servicio:    Gratuito

Publicado el 04-06-2021.