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Desautorización de Importadores de Vehículos Usados.

Fecha de publicación: 15 de noviembre de 2024.

Objetivo: 

Informar al usuario sobre el proceso a seguir, para la Desautorización de Importadores de Vehículos Usados de personas naturales o jurídicas.

Fundamento Legal:

Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.

  2. Decreto Legislativo, número 383, de fecha 22 de junio de 1995, que contiene Normas para la Importación de Vehículos Automóviles y de otros Medios de Transporte, publicado en Diario Oficial, Número 125, Tomo 328, de fecha 07 de julio de 1995.

  3. Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 5 literal u), 66.

Medios de presentación del trámite o servicio

Presencial – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 73.

Tercero autorizado

Si – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 67.

Periodicidad del trámite/modalidad

A demanda – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 64 literal 2.

Vigencia del trámite/modalidad

No tiene vigencia – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 13.

Requisitos:

  1. Escrito Libre dirigido a la Dirección General de Aduanas, el cual deberá contener: nombre, razón o denominación social y demás generales del peticionario(a); representante Legal, según sea el caso; indicación precisa del trámite requerido; dirección y medios para recibir notificaciones (correo electrónico, número de teléfono) – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 71 y 73.

  2. Carné original de Importador de Vehículos Usados – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 75.

Formulario(s):

N/A

Procedimiento General:  

  1. El importador se presenta en ventanilla del Departamento de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas, con su carné original, previo generar número de requerimiento en la mesa de servicio, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; adjuntado el escrito requerido en formato PDF debidamente firmado.

    Al crear su requerimiento en la mesa de servicio:

    • Recibirá, correo de notificación de la creación del caso.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema, y adjunta el escrito.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso o consultando la guía de usuario de ingreso en el siguiente link –  https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link.

  2. El Técnico del Departamento de Atención al Usuario, verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en el Portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de petición, y procede a trasladar caso a la Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

  3. El Técnico de UAFPA, revisa el cumplimiento de los requisitos y verifica en el Sistema Informático de la Dirección General de Aduanas, que no existan documentos pendientes de finalizar y que se encuentre solvente con el Fisco; de estar conforme, emite Resolución dejando sin efecto la autorización concedida y en caso de no haber agregado el carné original se dejará constancia en dicha providencia.

  4. El Técnico de la Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera (UAFPA), remite la providencia al Departamento de Atención al Usuario, para su debida notificación.

Notas:

  • Para el caso que el Sistema Informático correspondiente no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente el documento de respaldo.

  • El Técnico de UAFPA revisará el cumplimiento de los requisitos; de estar todo conforme, finaliza el proceso, caso contrario emitirá Formulario de Prevención, otorgando 10 días hábiles para subsanar lo requerido.

  • El usuario podrá solicitar la(s) Devolución de la(s) Fianza(s) vencida(s), a través del servicio de Devolución de Fianzas de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

Emisor:

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa Responsable:

Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera

Persona Responsable:

Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez

Teléfono Directo: 

2244–5182 / WhatsApp 7073-8768.  

Correo Electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.

Fax:

N/A

Ubicación:

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de Respuesta:

6 días hábiles – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.

Horario de Atención:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio:

Gratuito

Publicado el 15-11-2024.