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Autorización de Importadores de Vehículos Usados, Personas Naturales o Jurídicas.

Fecha de actualización: 15 de noviembre de 2024

Objetivo:

Autorizar el Registro de Importadores de Vehículos Usados, Personas Naturales o Jurídicas.

Fundamento Legal:   

Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo – Base legal:

  1. Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, artículos 3 y 4.
  2. Decreto Legislativo, número 383, de fecha 22 de junio de 1995, que contiene Normas para la Importación de Vehículos Automóviles y de otros Medios de Transporte, publicado en Diario Oficial, Número 125, Tomo 328, de fecha 07 de julio de 1995, Todo.
  3. Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 9.
  4. Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 12, 13, 56, 58 y 59.
  5. Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 12.

Medios de presentación del trámite o servicio

En Linea – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 66; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 18, 19, 64, 69, 71 y 73.

Tercero autorizado

  1. Si – Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5 y 67.

  2. Tipo de Documento a presentar: Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “m”; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 5 y 69.

Periodicidad del trámite/modalidad

A demandaBase Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62.

Vigencia del trámite/modalidad

Si tiene vigencia – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 8 y 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 62; Ley de Procedimientos Administrativos artículos 12 y 13.

Requisitos: 

  1. Fotocopia del Documento Único de Identidad (DUI) vigente, del interesado o del Representante Legal de la Sociedad o en su caso pasaporte o carné de residente– Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “b”.

  2. Matrícula de Comercio vigente del interesado o de la Empresa solicitante – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 56 literal “d” y 59 literal “b”.

  3. Fotocopia de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro de Comercio, así como sus modificaciones, si las hubiere, las cuales deben estar inscritas en el Registro de Comercio; el giro o actividad principal de la Sociedad debe ser la importación y comercialización de vehículos usados – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 59 literal “a”.

  4. Fotocopia de la Credencial del Representante Legal vigente, debidamente registrada en el CNR – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “m”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “c”.

  5. Constancia de Antecedentes Penales vigente del interesado o del Representante Legal – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

  6. Constancia de Antecedentes Policiales vigente del interesado o del Representante Legal – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 56 literal “a”.

  7. Original y fotocopia de Fianza, Por un monto de once mil cuatrocientos veintiocho 57/100 dólares de los Estados Unidos de América ($11,428.57), la cual debe estar redactada según  modelo establecido por la Dirección General de Aduanas – Base legal: artículos 21 literal “g” y 52 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano; artículo 62 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano; Decreto Legislativo, número 383, de fecha 22 de junio de 1995, articulo 10.

Formulario(s):

  1. Formulario de inscripción para Importadores de Vehículos Usados, en el siguiente link – https://zfrmz.com/FVWhudU4qRpR4b1EoTex; – Base legal: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 58; Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 6 párrafo último y 71.

    Nota 1:
    Modelo de Fianza de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros Entes, la cual deberá ser renovada anualmente – Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 21 literal “g”; Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículos 62 y 84. 

    Nota 2:
    Para consultas sobre cómo llenar el formulario favor ingresar al siguiente link: https://drive.google.com/file/d/1mm0tAAgneUTEv44sk5548ETn1Gd9L3YZ/view?usp=drive_link

    Nota 3:
    Consulte la guía de usuario de ingreso a la mesa de servicio en el link siguiente: https://drive.google.com/file/d/1owN5Bvw2rYdaVhucqMyOxeO8dg1yME1q/view?usp=drive_link

Procedimiento General:

  1. El Interesado persona natural y/o jurídica, podrá solicitarlo conforme a la opción siguiente:

    • Deberá Llenar el Formulario de inscripción para Importadores de Vehículos Usados, en el siguiente link – https://zfrmz.com/FVWhudU4qRpR4b1EoTex; al completarlo deberá hacer clic en el botón que dice enviar y automáticamente se envía la información a la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de caso mediante requerimiento.

    • Recibirá, correo de notificación de la creación del caso.

    • Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:

      • Respondiendo al correo en el que le llegó la notificación.

      • Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link – https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, ingrese con su usuario y clave para iniciar sesión y procede a buscar el requerimiento bajo el número de caso que le asignó el Sistema y adjunta la documentación.

      • Si no está registrado procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.

      • El interesado deberá presentar original y fotocopia de la Fianza en ventanilla del Departamento de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas, haciendo referencia al número de requerimiento que le ha sido otorgado.

  2. El Técnico del Departamento de Atención al Usuario, verifica que el Formulario este completo en la mesa de servicio conforme a los requisitos publicados en el portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de requerimiento, y procede a trasladar la Fianza original y fotocopia a la Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

  3. El Técnico de UAFPA, revisa, y analiza el cumplimiento de los requisitos, de igual manera verificará que se encuentre solvente con el Fisco; de estar todo conforme autoriza Formulario de inscripción para Importadores de Vehículos Usados; registra la información del solicitante, en la base de datos del Sistema Integrado de SIAFPA.

  4. El Técnico de UAFPA, remite al Departamento de Atención al Usuario, la documentación para su debida notificación con la Ficha del carné, quien se presentará en el lugar que le señale la Dirección General de Aduanas, a fin de que se le elabore el documento que le acredita como Importador de Vehículos Usados.

  5. El carné será entregado por el Departamento de Atención al Usuario de esta Dirección General, para lo cual es necesario la comparecencia de la persona autorizada como Importador de Vehículos Usados. y si es persona jurídica el Representante Legal de la Sociedad, según sea el caso.


    Notas:

    • Para el caso, que el Sistema Informático correspondiente, no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario, presente físicamente o en línea el documento de respaldo.

    • El Técnico de UAFPA, revisará el cumplimiento de los requisitos; de estar todo conforme, finaliza el proceso, caso contrario, emitirá Formulario de Prevención, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.

    • Las garantías deberán ser renovadas anualmente y presentada dentro de los 15 días antes del vencimiento, si esta fuese presentada de manera extemporánea, se procederá a iniciar el Proceso Administrativo Sancionador conforme a las leyes aduaneras vigentes.

Emisor:

Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa responsable:

Unidad de Control de Auxiliares de la Función Pública Aduanera.

Persona Responsable:

Licenciada Fabiola Eleonora Gutiérrez

Teléfono Directo:

2237-5182/ WhatsApp 7073-8768

Correo Electrónico:

usuario@aduana.gob.sv – Departamento de Atención al Usuario.

Fax:

N/A

Ubicación:

Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, San Bartolo, Ilopango.

Tiempo de Respuesta:

10 días hábiles – Base Legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 82 y 86.

Horario de Atención:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.

Costo por Servicio:

Gratuito

Publicado el 15-11-2024.