Fecha de Publicación: 23 de junio de 2026.
Objetivo:
Este trámite sirve para que los beneficiarios de la Ley de Servicios Internacionales, soliciten ante la Dirección General de Aduanas, prórrogas de permanencia de mercancías en admisión temporal.
Fundamento Legal:
Del origen del trámite/modalidad y de la competencia institucional para realizarlo. Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.
Medios de presentación del trámite o servicio:
Presencial o en Línea. Base legal: Ley de Procedimientos Administrativos, artículos 18, 71 y 73.
El interesado presenta en ventanilla del Departamento de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas, la solicitud de trámite y los requisitos, previo a generar el número de requerimiento en el Sistema de Correspondencia.
Tercero Autorizado:
Periodicidad del trámite/modalidad:
A demanda. Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.
Vigencia del trámite/modalidad
Si tiene vigencia, el plazo del Régimen de Admisión Temporal será prorrogable una sola vez por dieciocho meses. Base legal: Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.
Requisitos:
Formulario(s):
N/A
Procedimiento General:
En línea:
1. Deberá adjuntar su escrito en la Mesa de Servicio https://mesadeservicios.mh.gob.sv/, creando el número de caso mediante requerimiento.
2. Recibirá correo de notificación de la creación del requerimiento del caso.
3. Para adjuntar documentos, podrá hacerlo mediante dos opciones:
a) Respondiendo al correo en el que recibió la notificación.
b) Registrándose en la Mesa de Servicios, en el siguiente link: https://mesadeservicios.mh.gob.sv/; si ya está registrado, deberá ingresar con su usuario y clave para iniciar sesión y buscar el requerimiento bajo el número de caso que se le asignó en el Sistema, y adjunta la documentación. En caso de no estar registrado, procede a registrarse en la Mesa de Servicios, siguiendo los pasos que se indican en el correo que recibió de notificación del caso.
Procedimiento:
1. El Técnico del Departamento de Atención al Usuario verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en el Portal Web de la Dirección General de Aduanas, valida número de entrada, coloca fecha de recibido y traslada el expediente a la Unidad de Leyes Especiales, para la emisión de respuesta.
2. El Técnico de la Unidad revisa el cumplimiento de los requisitos y realiza las diligencias correspondientes. De estar todo conforme, emite la providencia correspondiente o elabora Auto de prevención.
3. El Técnico de la Unidad de Leyes Especiales notifica por correo electrónico al interesado y si este considera necesario tener su respuesta de manera física, puede solicitarla a partir del día hábil siguiente en el Departamento de Atención al Usuario de la Dirección General de Aduanas.
Nota: En caso que algún requisito haya sido presentado previamente y si sus efectos legales no se han extinguido, no será necesaria su presentación.
Si el sistema informático correspondiente, no refleja el estatus tributario del solicitante, se le informará al usuario y éste podrá presentar físicamente el documento que lo ampare.
Emisor:
Dirección General de Aduanas
Unidad organizativa responsable:
Subdirección Jurídica / Unidad de Leyes Especiales.
Persona responsable:
Lic. Raúl Antonio Medrano Ruiz
Teléfono Directo:
2244-5182/ WhatsApp +503 7073-8768
Correo electrónico:
[email protected] – Departamento de Atención al Usuario
Fax:
N/A
Ubicación:
Dirección General de Aduanas, Km. 11½, Carretera Panamericana, Distrito de Ilopango, San Salvador Este.
Tiempo de respuesta:
8 días hábiles. Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 3 y Ley de Procedimientos Administrativos, artículos, 82, 88, 89 inciso tercero y 90.
Horario de atención:
De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Costo por servicio:
Gratuito. Base legal: Código Aduanero Uniforme Centroamericano, artículo 8; Ley de Procedimientos Administrativos, artículo 13, Ley de Servicios Internacionales, artículo 33.