Objetivo:
Proporcionar los requisitos y el procedimiento a seguir para el ingreso al país de sustancias químicas controladas y mercancías peligrosas.
Base Legal (principales):
Requisitos:
1. Consultar el Boletín Informativo DGA vigente, referente a los PRODUCTOS QUE NO REQUIEREN VISADO de la Dirección Nacional de Medicamentos.
2. Si las mercancías a importar se encuentran dentro de los listados que requieren visados o autorización, deberá de tramitar el mismo, previo al ingreso al país.
a) Factura visada por la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), para productos controlados.
b) Para la importación de productos o sustancias controladas por el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP), el importador deberá contar con el formulario original de la autorización, el cual deberá ser presentado ante la aduana de ingreso al territorio nacional; en caso de Tránsito Interno, el formulario también deberá ser presentado ante la aduana que liquide la Declaración de Mercancías.
c) Resolución del Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales
d) Permiso Especial del Viceministerio de Transporte.
En el momento del registro de la Declaración, deberá detallarse en la hoja de documentos adjuntos los documentos específicos establecidos en el presente requisito.
3. Factura comercial o documento equivalente.
4. Declaración de Mercancía (DM) y/o Formulario Aduanero Único Centroamericano (FAUCA).
5. Documentos de transporte (Conocimiento de Embarque o Bill of Lading, Guía Aérea o Carta de Porte).
Coordinar con la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, en la Sección de Control de Químicos, la inspección y autorización de las mercancías, al momento que éstas ingresen al recinto aduanero.
Formularios: Declaración de Mercancías y/o FAUCA
Procedimiento General:
El despacho de las mercancías, se realizará una vez concluidas las revisiones respectivas (documental o física, según corresponda) y verificado el cumplimiento de los requisitos pertinentes.
Emisor: Dirección General de Aduanas
Unidad Organizativa responsable: Subdirección de Operaciones y Seguridad Fronteriza
Persona Responsable: Subdirector de Operaciones y Seguridad Fronteriza
Teléfono Directo: 2244-5041
Correo Electrónico: usuario.dga@mh.gob.sv
Fax: 2237-5183
Ubicación: Aduanas y Delegaciones de Aduanas de la República. Clic aquí para ver ubicaciones.
Tiempo de Respuesta:
– Verificación Inmediata o Revisión Física (Selectividad Roja), 24 horas siguientes en que las mercancías se encuentren a disposición del Funcionario Aduanero designado, salvo que la Autoridad Aduanera requiera un plazo mayor, de acuerdo a las características y naturaleza de las mercancías.
– Revisión Documental (Selectividad Amarilla), 8 minutos, en ventanilla (excepto cuando se determine inspección con equipo no intrusivo).
– Levante Automático (Selectividad Verde), 6 minutos, en ventanilla.
Horario de Atención: Horarios por tipo de aduana. Hacer Clic aquí
Costo por Servicio: Gratuito.