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Donación de mercancías por beneficiarios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización

Fecha de Publicación:    24 de noviembre de 2020

Objetivo

Comunicar a las empresas beneficiarias de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización,  los requisitos y el proceso a seguir para la donación de mercancías.

Base Legal:   

  • Artículos: 472 literal d) y 510 literal b) del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA).
  • Artículo 27 inciso segundo de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización.

Requisitos:   

El beneficiario de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización, deberá gestionar las autorizaciones respectivas ante las instituciones siguientes:

  1. Ministerio de Economía: Autorización de la donación,
  2. Asamblea Legislativa: Decreto de donación, en caso desee eximir impuestos de la operación.
  3. Ministerio de Trabajo: Autorización de donación de maquinaria o equipo, que pueda causar desplazamiento de mano de obra.
  4. Entidad interesada en recibir la donación: Escrito que contenga el nombre de la institución beneficiaria, solicitando y justificando la donación, carta de aceptación de la donación y los documentos donde se acredita la existencia legal de la misma.
  5. Fotocopia de las Declaraciones de Mercancías donde se importaron los bienes objetos de donación y Cuadro de Descargos de Insumos Productos.
  6. Lista de Empaque.

Formulario(s):    Declaración de Mercancías

Procedimiento General:   

  1. El Representante Legal, Apoderado Especial Aduanero u otro debidamente acreditado,  presenta solicitud ante la Administración de Aduanas, junto con la Declaración de Mercancías de Importación Definitiva a Donación y los documentos requeridos, mencionados en el apartado 7 (los que apliquen).
  2. El Administrador de Aduanas revisa y analiza la documentación presentada y si considera pertinente, asigna a un Contador Vista para verificar el trámite de donación.
  3. El Contador Vista designado, comprueba que la documentación esté completa, verifica la donación en el lugar destinado y elabora acta sobre el cumplimiento de la donación realizada, la cual debe ser firmada por todos los involucrados.
  4. Posterior a la revisión, el Contador Vista, aplica el procedimiento correspondiente a la liquidación de la Declaración de Mercancías presentada y al despacho de las mercancías en donación.

Emisor:    Dirección General de Aduanas.

Unidad Organizativa Responsable:    Subdirección de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Persona Responsable:    Subdirector de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Teléfono Directo:    2244-5041

Correo Electrónico:   usuario@aduana.gob.sv

Fax:    2237-5183

Ubicación:    Aduanas internas y delegaciones de aduanas ubicadas en Zonas Francas de la República. Clic aquí para ver ubicaciones.

Tiempo de Respuesta:    24 horas hábiles

Horario de Atención:    Clic aquí para ver horarios de delegaciones de aduana.

Costo por Servicio:    Gratuito

Publicado el 04-06-2021.