Toda persona que ingrese al país en calidad de turista o salvadoreño que regresare habiendo permanecido un plazo mínimo de 72 horas fuera del país no deberá hacer ningún pago de impuestos por su equipaje de viajero para lo cual deberá presentar el movimiento migratorio, emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.
El equipaje de viajero está conformado por los bienes personales que lleva consigo durante un viaje, ya sea para uso personal, profesional o para obsequiar, siempre y cuando no tengan fines comerciales. Este equipaje puede ser de mano (que se lleva consigo en la cabina del avión o vehículo) o facturado (que se guarda en la bodega del avión o compartimento de equipaje).
Adicionalmente se podrán introducir bienes distintos del equipaje siempre que los mismos no superen la cantidad de $500.00 dólares de América; de superarse esta cantidad deberá hacer el pago de los derechos e impuestos correspondientes.
