¿CUÁNTO TIEMPO PUEDE PERMANECER MI MERCANCÍA EN LA ADUANA?
Las mercancías podrán permanecer en aduana durante un plazo máximo de veinte días. Arte. 283 RECAUCA, luego de ese plazo la mercancía pasa a poder del Estado y se somete a subasta pública.
Las mercancías podrán permanecer en aduana durante un plazo máximo de veinte días. Arte. 283 RECAUCA, luego de ese plazo la mercancía pasa a poder del Estado y se somete a subasta pública.
Si, el consignatario o el que compruebe el derecho sobre las mercancías tácitamente abandonadas, podrá rescatarlas pagando previamente los costos tributarios y no tributarios que se adeuden a la fecha, Art. 121 CAUCA.
Las subastas son públicas y sin ningún costo. Se publica en el sitio web de aduanas y en un periódico de mayor circulación, un aviso que contiene: fecha, hora y lugar de realización de la subasta, también se incluye el periodo para inscripción de partidas, el periodo de exhibición de las mercancías y su precio base.
El interesado realiza un depósito del 25% del valor base de cada partida de su interés, mediante cheque(s) certificado(s), cheque(s) de caja o gerencia, emitido(s) a nombre de la Dirección General de Tesorería. A los participantes que no se les adjudiquen mercancías, se les devolverá el 25% del depósito efectuado, el mismo día del evento o hasta un máximo de 2 días hábiles posteriores a la realización de la subasta.
La Subasta Pública, se realiza conforme a la modalidad publicada:
Oferta económica a viva voz o mano alzada:
El procedimiento para participar en subastas públicas, realizadas por la Dirección General de Aduanas está regulado en la DACG No DGA-012-2016, la cual puede leer en: