La presente ley tiene por objeto el cumplimiento de la institucionalidad de la superintendencia de regulación sanitaria, como la autoridad del estado responsable de regular, vigilar y otorgar el registro sanitario, reconocimiento de registro, autorización de comercialización y sus respectivas modificaciones y renovaciones, permisos de importación, exportación, certificaciones, de los productos farmacéuticos, medicamentos, suplementos nutricionales, dispositivos y equipos médicos, otras tecnologías sanitarias, cosméticos e higiénicos, tanto de uso humano como de uso veterinario; asimismo de los alimentos, alimentos para regímenes especiales, bebidas en general para uso humano, alcohol etílico potable y no potable, tabaco, dispositivos de liberación de nicotina o similares sin nicotina y de las sustancias y productos químicos de conformidad a la normativa correspondiente.