Inicio > Descargas > Ley de Asuetos, Vacaciones, y Licencias de los Empleados Públicos
Los Empleados Públicos gozarán de Asueto remunerado durante los siguientes días: Todos los domingos y sábados del año; el 1 de mayo, Día del Trabajo; el 10 de mayo, Día de la Madre; el 15 de septiembre, Día de la Independencia Patria.