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Importación de menaje de casa para salvadoreños acreditados como diplomáticos en el exterior que retornan al país

Objetivo:   

Proporcionar los requisitos para la importación de menaje de casa para diplomáticos en el exterior que retornan al país.

Base Legal del Servicio y otras disposiciones:   

Art. 115 del CAUCA, Art. 585 y 586 del RECAUCA, Art. 29 de la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior y Art. 15 del Reglamento de la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior.

Actuante:   

Declaración de Mercancías: Agente Aduanero o Apoderado Especial Aduanero autorizados por la Dirección General de Aduanas, a través del carné que los acredita como tal.

Declaración de Oficio:

El interesado deberá presentar al Administrador de Aduana, el escrito solicitando el registro ordinario.

Documentos específicos:   

  1. Conocimiento de embarque BL, Guía Aérea ó Carta de Porte según sea el caso.
  2. Fotocopia de Pasaporte o documento de identidad expedido por la entidad competente (Se presentará sólo para su verificación).
  3. Lista detallada de bienes, elaborada por el declarante, en la que deberá de completar los datos correspondientes a cantidad y valor total.
  4. Nota original del Ministerio de Relaciones Exteriores en la cual concede el Visto Bueno para la aprobación en la Dirección General de Aduanas.
  5. Nota original del peticionario dirigida a la Dirección General de Aduanas, en la cual solicita la autorización de la respectiva franquicia.
  6. Fotocopia de la Resolución emitida por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por el cese de funciones en el extranjero.
  7.   Franquicia autorizada por la Dirección General de Aduanas.
  8. Fotocopia de DUI y NIT.
  9. Declaración de Mercancías.

Actuaciones del Usuario:

  1. El funcionario debió haber prestado servicios en el exterior forma ininterrumpida durante dos años por lo menos.
  2. El retorno del funcionario deberá de ser de forma definitiva al país.
  3. Tramitar la Resolución emitida por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Relaciones Exteriores, por el cese de funciones en el extranjero.
  4. La importación del menaje de casa, deberá efectuarse dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha en que el funcionario, haya dejado de prestar los servicios.
  5. Presentar la Declaración de Mercancías, con todos los documentos específicos ante la aduana correspondiente.

Actuaciones de la Aduana:   

  1. Funcionario de aduana recibe del usuario la documentación que ampara el menaje de casa.
  2. En caso exista contradicción entre los documentos presentados en ventanilla y la Declaración de Mercancías, el funcionario de aduana realizará hoja de devolución de documentos en la cual explicará los motivos de la no aceptación del trámite.
  3. De estar correcta la información presentada u solventada, el funcionario de aduana ingresa ó valida la información de los documentos en el Sistema Informático según sea el caso siguiente:
    • Si es Declaración de Oficio: Ingresa los datos al Sistema Informático de Aduana y procede a realizar el segundo registro de la Declaración de Mercancías, que para el caso se utilizará el Código Arancelario 98010020
    • Si es Declaración transmitida: Verifica y valida la información de los documentos contra los registrados en el Sistema Informático y procede a generar la selectividad.
  4. De acuerdo al resultado de selectividad procede conforme a los canales siguientes:
    • Si el resultado es levante automático: Procede al despacho de las mercancías
    • Si el resultado de la selectividad es verificación documental: Procede a realizar el análisis documental respectivo y luego autoriza el levante o de ser necesario remite a Contador Vista a efecto que realice inspección física de las mercancías
    • Si el resultado de la selectividad es verificación inmediata (roja): Traslada documentación a Contador Vista a efecto que realice la inspección física o remite en tránsito hacia la Aduana de registro de la Declaración de Mercancías

Consideraciones:

Las mercancías serán inspeccionadas físicamente (excepto en los casos que por la aplicación de leyes o convenios las mercancías estén excluidas de inspección).

Servicios, criterios y procesos vinculantes   Importación Definitiva

Emisor:    Dirección General de Aduanas

Unidad Organizativa Responsable:    Subdirección de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Persona Responsable:    Subdirector de Operaciones y Seguridad Fronteriza

Teléfono Directo:    2244-5041

Correo Electrónico:    usuario@aduana.gob.sv

Fax:    2237-5168

Ubicación: Aduanas: San Bartolo, Santa Ana, Acajutla y Aeropuerto Internacional ¿Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez¿ y delegaciones de aduana en Almacenes Generales de Depósito de la República. Clic aquí para ver ubicaciones.https://www.mh.gob.sv/pmh/es/Contactenos/Ubicaciones.html

Horario de Atención: Horarios por tipo de aduana. Hacer Clic aquí https://www.mh.gob.sv/pmh/es/Contactenos/Oficinas.html

Costo por Servicio:    Gratuito.

Publicado el 04-06-2021.